• Según el artículo 9 de la nueva Ley “antes de primero de enero de 2013”, la Corporación RTVE deberá “subtitular el 90 % de los programas y alcanzar progresivamente el 100%”

(Madrid, 3 de septiembre de 2009).- La Corporación Radio y Televisión Española (RTVE) tendrá que incorporar por mandato legal obligaciones de accesibilidad al contenido, de acuerdo con la Ley 8/2009, de 28 de agosto, de financiación de la Corporación aprobado por las Cortes y publicado recientemente en el Boletín Oficial del Estado.

En concreto, la nueva Ley dispone en su artículo 9, como obligaciones adicionales de servicio público, el que “antes de primero de enero de 2013”, la Corporación RTVE deberá “subtitular el 90 % de los programas y alcanzar progresivamente el 100%, siempre que las posibilidades técnicas lo permitan”, así como “emitir, al menos, a la semana diez horas de interpretación con lengua de signos y otras diez horas audio-descritas”.

La nueva norma legal establece también que “en las emisiones territorializadas se tendrá en cuenta la realidad lingüística de cada Comunidad Autónoma”.

Esta inclusión, por vez primera, de obligaciones de accesibilidad para RTVE responde a las demandas del tejido asociativo de la discapacidad representado por el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), que viene reclamando desde hace años la regulación legal de la accesibilidad a los contenidos audiovisuales, tanto para las televisiones públicas como para las privadas.

Fuente Servimedia