• Publicado en el BOE  el decreto que establece las cuantías máximas de las prestaciones económicas que podrán cobrar los beneficiarios del Sistema de Dependencia.

Una persona dependiente con su cuidadora

La norma, aprobada por el Consejo de Ministros el pasado 15 de abril, incorpora las prestaciones económicas que recibirán las personas con dependencia moderada, Grado I Nivel 2 y establece las prestaciones económicas del resto de niveles ya incorporados al Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia para 2011.

Además, modifica otro decreto de 2005 por el que se regulan las ayudas económicas de la Ley de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, declarando su compatibilidad con el percibo de las pensiones de invalidez y de jubilación de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva, no teniendo en ningún caso la consideración de renta o ingreso computable a efectos del percibo de éstas.

En virtud de este decreto, las cuantías máximas serán de 833,96 euros mensuales para las prestaciones económicas vinculadas al servicio que reciban los beneficiarios de grado III nivel 2.

Los de grado III nivel 1 recibirán por este mismo concepto 625,47 euros, mientras que los de grado II nivel 2 y los de grado II nivel 1 cobrarán 462,18 euros y 401,20 euros, respectivamente. Por último, los de grado I nivel 2 percibirán 300 euros.

El dinero para cuidados en el entorno familiar será de 520,60 euros y de 416,98 euros para los niveles 2 y 1 del grado III. Dentro del grado II, de 337,25 y de 300,90 euros, respectivamente, para el nivel 2 y 1.

Y en el grado I nivel 2, de 180 euros. Las prestaciones económicas para el asistente personal ascenderán a 833,96 euros y a 625,47 euros para los grandes dependientes (grado III niveles 2 y 1, respectivamente).

Fuente:Discapnet/Servimedia